Para la ANTOLOGÍA DEL DISPARATE, un complicado cóctel en UTRERA:
Un alcalde POPULISTA (en este caso del PSOE), que decide unilateralmente sustituir un tribunal por una consulta popular (no contemplada en el pliego del concurso).
Plazo de resolución que multiplica por diez el señalado como máximo en el pliego de condiciones.
Una potentísima campaña publicitaria sobre las propuestas presentadas (premiada en el mundo de la publicidad) que se desinfla hasta llegar al total enmudecimiento cuando los comentarios de los propios ciudadanos de utrera y del resto de los partidos políticos no son favorables a la intervención (consulta que con dos dedos de frente podría haberse hecho antes de convocar un concurso de ideas).
En el colmo de la dejadez, incluso a día de hoy y con el concurso resuelto, se puede seguir votando por "tu proyecto favorito" en una página web (nuevopaseodeconsolacion.com), donde se pregunta si "quieres formar parte de la historia de Utrera". Lamentable.
Continuando con las incoherencias antes definidas, el 10/01/2017 se publican las actas del jurado, donde se dan a conocer las "valoradas" votaciones de los ciudadanos de Utrera, que son las siguientes (imagen de las actas oficiales):
Y el GANADOR es........ R1200R
Sí, con 20 votos (el menos votado, cincuenta veces menos que el más votado) es nombrado ganador.
CON DOS COJONES.
Por lo menos han tenido el "detalle" de al más votado, concederle el TERCER PREMIO. Eso se llama generosidad.
Y lo peor es la hipocresía del Sr. Alcalde, que como se puede observar en el comunicado abajo aportado, dice sentirse "muy contento y orgulloso de la masiva participación, ya que es la mejor forma de que el proyecto de remodelación del paseo de Consolación responda a lo que los utreranos quieren para él".
Yo creo que estas cosas se escriben porque se piensa que nadie las va a leer.
Por fin aparece una noticia de la resolución del concurso contrastada (18/01/2017) que no sea un copia y pega del "comunicado" del gabinete de comunicación del Ayuntamiento de Utrera (UtreraDigital.com):
Adjunto ACTA DEL JURADO, por si hay dudas sobre lo anterior.